SUS DERECHOS

  • Tiene derecho a permanecer en silencio. Si desea ejercer este derecho, dígalo en voz alta.
  • Tiene derecho a no aceptar ser registrado, o a que se registren su casa o su vehículo.
  • Tiene el derecho de preguntar si se puede ir. Si no está bajo arresto, usted tiene el derecho de irse.
  • Si lo arrestan, tiene derecho a un abogado. Solicite uno inmediatamente.
  • Tiene derecho a no ser racialmente perfilados por la policía.
  • Tiene derecho a no decir nada sobre su estatus migratorio o de ciudadanía.

Esta información no se debe tomar como consejo legal. Actualizado en noviembre del 2021.

Si lo paran para cuestionarlo

  • Guarde la calma. No huya. No discuta, ni resista ni obstruya a la policía, aunque sea inocente y la policía esté violando sus derechos. Mantenga siempre las manos donde la policía las pueda ver.
  • Pregunte si es libre de irse. Si el oficial dice que sí, aléjese con tranquilidad y en silencio. Si lo arrestan, tiene derecho a saber por qué.
  • Tiene derecho a permanecer en silencio. No se lo puede castigar por negarse a contestar preguntas. Si desea permanecer en silencio, dígaselo al oficial en voz alta. En Iowa, la ley no le obliga a usted a facilitar su nombre si se le pide identificarse durante una detención rutinaria. Sin embargo, la policía no siempre cumple con esta ley, y si usted se niega a dar su nombre podría resultar sospechoso, de modo que reflexione cómo actuar en cada caso. Si teme que su nombre pueda incriminarle, puede invocar su derecho a permanecer en silencio. En caso de ser arrestado, esto podría ayudarlo más adelante. No dé nombres falsos o inventados.
  • No está obligado a consentir a un registro de su persona o de sus pertenencias. Sin embargo, la policía puede registrarle la ropa si sospechan que tiene un arma. No oponga resistencia física, pero tiene derecho a no consentir a más registros. Consentir a un registro le podría perjudicar más adelante ante un tribunal.
  • “MUÉSTREME SUS PAPELES”? En Iowa, no. Quizás haya oído hablar de la ley SB 1070 de Arizona. Según esta ley, cuando la policía estatal tiene sospechas de que una persona no tiene la documentación en regla para estar en los EE.UU., tienen la obligación de interrogar a la persona de interrogar a la persona sobre su estatus migratorio y deben verificar la información con el gobierno federal. Es importante que usted sepa que en Iowa no existen leyes de este estilo. Esto quiere decir que, en Iowa, las policías locales o estatales no debieran hacerle este tipo de preguntas.

Si lo paran en su vehículo

  • Pare el vehículo en un lugar seguro lo más pronto posible. Apague el auto, encienda la luz interior, y mantenga las dos manos a la vista de la policía todo el tiempo.
  • Si se lo solicitan, muestre a la policía su licencia de conducir, registro y prueba de seguro.
  • Si un policía o agente de inmigración le pide registrar el interior de su auto, usted puede negar su permiso. Sin embargo, si la policía cree que su auto contiene evidencia de un crimen, puede registrarlo sin su permiso.
  • Tanto los conductores como los pasajeros tienen derecho a permanecer en silencio. Si usted es un pasajero, puede preguntar si es libre de irse. Si el oficial dice que sí, permanezca sentado en silencio o retírese con calma. Aunque el oficial diga que no, usted tiene derecho a permanecer en silencio.

Si le preguntan acerca de su estatus migratario

  • Usted tiene derecho a permanecer en silencio y no tiene que hablar acerca de su estatus migratorio o de ciudadanía con la policía, agentes de inmigración ni cualquier otro oficial. Usted no tiene que responder a preguntas acerca de dónde nació, si usted es ciudadano de los EE.UU., ni cómo ingresó al país. (Se aplican reglas distintas en los cruces fronterizos internacionales y aeropuertos, y a individuos con ciertas visas de noinmigrantes, incluyendo los turistas y las personas en viajes de negocios).
  • Si usted no es ciudadano de los EE.UU., y un agente de inmigración (ICE) le pide sus documentos de inmigración, usted debe mostrárselos si los lleva consigo. Si usted es mayor de los 18 años de edad, lleve sus documentos de inmigración consigo en todo momento. Si no tiene documentos de inmigración, diga que quiere permanecer en silencio.
  • No mienta acerca de su estatus de ciudadanía ni entregue documentos falsos.

Si la policía o agentes de inmigración llegan a su casa

  • Si la policía o agentes de inmigración llegan a su casa, usted no tiene que dejarles entrar a menos de que ellos tengan ciertos tipos de órdenes judiciales.
  • Pida al oficial que pase la orden judicial por debajo de la puerta o que la sostenga a la ventanilla de la puerta para que usted pueda revisarla. Una orden de cateo (“search warrant”) le permite a la policía ingresar a la dirección indicada en la orden, pero los oficiales sólo pueden registrar las áreas y por los artículos que se mencionen en la orden. Una orden de arresto (“arrest warrant”) le permite a la policía ingresar a la casa de la persona indicada en la orden si creen que la persona se encuentra adentro. Una orden de deportación/remoción (“ICE warrant”) no les permite a los agentes ingresar a su casa sin su permiso.
  • Aun si los agentes u oficiales tienen una orden judicial, usted tiene el derecho a permanecer en silencio. Si usted elige hablar con los oficiales, salga y cierre la puerta.

Si es contactado por el FBI

  • Si un agente del FBI llega a su casa o lugar de trabajo, usted no tiene que contestar ninguna pregunta. Dígale al agente que quiere hablar con un abogado primero.
  • Si se le pide reunirse con agentes del FBI para que lo entrevisten, usted tiene derecho a decir que no quiere que lo entrevisten.
  • Si usted acepta que lo entrevisten, tenga presente a un abogado. Usted no tiene que contestar ninguna pregunta si no se siente cómodo contestarla, y puede decir que sólo contestará preguntas acerca de un tema específico.

¿Tengo que dar mi nombre y otra informarción?

No hay ninguna ley en Iowa que requiera que usted hable con la policía para dar su nombre y otra información, pero hay dos excepciones:

Excepción 1: Conductores en un paro de trafico tiene que dar su licencia de conducir si se la piden.

  • Conductores que han sido parados por la policía en un paro de trafico tienen que dar su licencia de conducir, prueba de asequedora, y matriculación del vehículo cuando son pedidos por la policía. Y aunque aveces la policía los pide para buscar mandamientos judiciales, los pasajeros en un caro no tienen que dar una identificación ni decir sus nombres a la policía.
  • La otra cosa que hay que recordar es que la policía no siempre sigue la ley (o la sabe) y no dar un nombre puede parecer sospechoso, entonces un individuo tiene que usar su buen sentido. Sin embargo, es un delito menor dar un nombre falso o ficticio en Iowa — entonces un individuo puede ser honesto o no decir nada, pero nunca mentir.

Excepción 2: Las personas que no son ciudadanos estadounidenses deben dar sus papeles de inmigraciona a los agentes de ICE (pero no policías locales ni del estado de Iowa) si se los piden.

  • Para personas que no son ciudadanos estadounidenses, la respuesta es la misma cuando se trata de policía local o del estado de Iowa. Iowa no tiene ninguna ley de “muéstrame tus papeles.” Eso significa que la policía local ni la del estado debe participar en esa práctica.
  • Pero si un agente federal de inmigración pide los documentos de inmigración de una persona que no es ciudadano estadounidense, se los debe ensenar si los tiene con el o ella. Si la persona que no es ciudadano estadounidense tiene más de 18 años, el o ella debe llevar sus documentes de inmigración todo el tiempo. Si la persona no lleva sus documentes, debe decir que desea permanecer en silencio.

Si lo arrestan

  • No oponga resistencia al arresto, aun si piensa que es injusto que lo arresten.
  • Diga que desea permanecer en silencio y pida inmediatamente a un abogado. No dé ninguna explicación ni pretexto. Si no puede pagar por un abogado, tiene derecho a uno de manera gratuita. No diga nada, ni firme nada ni tome ninguna decisión sin un abogado.
  • Usted tiene derecho a una llamada local. La policía no puede escuchar si llama a un abogado.
  • Prepárese a sí mismo y a su familia en caso de que lo arresten. Memorice los teléfonos de su familia y de su abogado. Haga planes de emergencia si tiene hijos o toma medicamentos.
  • Consideraciones especiales para personas que no son ciudadanos:
    • Pregunte a su abogado acerca del impacto a su condición migratoria si recibe una condena penal o se declara culpable de los cargos.
    • No hable de su estatus migratorio con nadie excepto su abogado.
    • Mientras se encuentre en la cárcel, es posible que le visite un agente de inmigración. No responda a preguntas ni firme nada antes de hablar con un abogado.
    • Lea cuidadosamente todos los documentos. Si no entiende o no puede leer los documentos, dígale al oficial que necesita un intérprete.
    • El contenido no se debe tomar como consejo legal.

Si lo ponen en la custodia de inmigración (ICE)

  • Usted tiene derecho a un abogado, pero el gobierno no tiene que darle uno. Si usted no tiene abogado, pida que le den una lista de proveedores de servicios de asesoría legal gratuitos o de bajo costo.
  • Usted tiene derecho a comunicarse con su consulado o a que un oficial notifique al consulado de su arresto.
  • Dígale al agente de inmigración que desea permanecer en silencio. No hable de su estatus migratorio con nadie más que con su abogado.
  • No firme nada, como una solicitud donde acepte su salida voluntaria del país o una orden estipulada de remoción, sin hablar con un abogado primero. Si firma, es posible que usted esté renunciando a la oportunidad de tratar de permanecer en los EE.UU.
  • Recuerde su número de inmigración (“A number”) y déselo a su familia. Esto ayudará a que sus familiares lo localicen.
  • Mantenga una copia de sus documentos de inmigración con alguien quien le tenga confianza.

Si cree que sus derechos han sido violados

  • Recuerde: no se puede impugnar la mala conducta de la policía en la calle. No oponga resistencia física a los oficiales ni amenace con presentar una denuncia.
  • Anote todo lo que recuerde, incluyendo el número de placa de los oficiales y sus vehículos de patrulla, a qué agencia pertenecen y cualquier otro detalle. Obtenga los datos de los testigos para poder contactarlos. Si resulta lesionado, tome fotografías de sus lesiones (pero busque atención médica primero).
  • Presente una denuncia por escrito ante la división de investigaciones internos o una junta de revisión ciudadana de quejas. En la mayoría de los casos podrá presentar su denuncia de manera anónima si desea.
  • Llame a la ACLU de su localidad o visite www.aclu.org/profiling.